De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, en Colombia hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7.7 millones de personas cotizan o ahorran en el Sistema General de Pensiones que tiene dos regímenes: el Régimen de Prima Media (RPM) que funciona a través de Colpensiones (antes Instituto de Seguros Sociales) y el Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS), el cual es administrado por los fondos privados de pensión.
¿Cuál es la diferencia?
Régimen de Prima Media (RPM)
En este el régimen, los aportes de la persona se manejan en un fondo común, junto con los ahorros de todos los demás afiliados. En este régimen, usted no puede participar en la administración de sus aportes, ni tomar decisiones sobre el manejo del mismo.
Además, en el Régimen de Prima Media no se pueden hacer aportes adicionales para aumentar la mesada pensional; si el afiliado cotiza más semanas del tope máximo previsto para la liquidación de la pensión, estas no le serán tenidas en cuenta en el momento de que se le reconozca la pensión.
La mesada pensional del RPM al principio se liquida con base en los salarios sobre los cuales se cotizó durante los últimos 10 años trabajados. Bajo este modelo, las personas solo pueden obtener su pensión al cumplir con la edad establecida por el Gobierno, y al lograr un cierto número de semanas cotizadas.
Una gran ventaja en este régimen consiste en que una vez logra el derecho a su pensión se le pagara de forma vitalicia. Si el afiliado no alcanza a reunir los requisitos para tener derecho a la pensión, él o sus beneficiarios tendrán derecho a la indemnización sustitutiva de saldos. Si no existen beneficiarios o se extingue el derecho de los mismos a recibir la pensión, no hay posibilidad alguna de recibir el saldo ahorrado.
En el caso de que el cotizante muera antes de pensionarse, como no se acumula dinero sino tiempo, no se puede heredar ningún derecho.
Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS)
En el régimen privado, el afiliado es dueño de su dinero, puede participar en la administración de sus aportes y tomar decisiones sobre éstos. El afiliado tiene una cuenta de ahorro individual, la cual puede ser administrada en tres clases de fondos: Conservador, Moderado y Mayor Riesgo. Cada fondo ofrece diversas opciones en términos de rentabilidad y estabilidad, según el perfil de riesgo y la edad de la persona.
Bajo este régimen, el afiliado puede pensionarse antes de tiempo: solo debe acumular un volumen de capital que le permita financiar una pensión mensual equivalente al 110% del salario mensual mínimo legal vigente a 1993 actualizado en el IPC, sin que sea menor a un salario mínimo. De lo contrario, debe cumplir una edad determinada para acceder a la garantía estatal de pensión mínima (57 años para las mujeres, 62 para los hombres, 1.150 semanas cotizadas al cumplir dicha edad y no contar con otra fuente de ingresos).
El afiliado, además, puede hacer aportes adicionales para aumentar la mesada pensional en el momento de la jubilación. En caso de fallecimiento, el capital ahorrado es heredable (si no hay herederos de ley, puede entrar en sucesión hasta el quinto orden hereditario).
La persona también puede tener mesada pensional vitalicia o escoger entre las modalidades de pensión en las AFP de Retiro Programado, Retiro Programado con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata, Retiro Programado sin negociación de Bono Pensional y Renta Vitalicia Inmediata. A su vez, a través de una aseguradora pueden pensionarse bajo la modalidad de Renta Temporal Cierta con Renta Vitalicia de Diferimiento Cierto.
Si el afiliado tiene la capacidad de pensionarse con el máximo establecido por la ley, y además le sobra capital, la AFP le devolverá ese monto sobrante para que el trabajador disponga de él con total libertad.
En caso de que no alcance a cumplir los requisitos para obtener su pensión, la AFP, que es vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, le devolverá sus aportes junto con el valor del bono pensional, en caso de que haya.
¿Cómo se invierte el dinero en RAIS?
El dinero de los afiliados a este régimen se distribuye en unos multifondos, los cuales brindan la posibilidad de que cada afiliado haga sus aportes en el fondo que considere que más se ajusta a sus necesidades o aspiraciones.
De esta manera, existen tres tipos de fondos en los que se pueden administrar los ahorros pensionales, los cuales difieren principalmente en el nivel de riesgo y por ende, en la rentabilidad esperada.
Fondo Conservador:
Está dirigido a aquellas personas cercanas a la edad de jubilación (10 años o menos) y quienes sean menos dados a asumir riesgos al momento de efectuar sus inversiones. El fin de este fondo es preservar el capital acumulado, reduciendo la exposición ante las fluctuaciones del corto plazo. Las rentabilidades son menores en comparación con los otros dos fondos.
Fondo Moderado:
Está dirigido a aquellos que les falten diez o quince años para obtener su pensión o quienes tengan una tolerancia media al riesgo. Las volatilidades en este fondo de inversiones son moderadas.
Fondo de Mayor Riesgo:
Dirigido a cotizantes a los que les falte quince o más años para pensionarse. Las inversiones en este fondo presentan mayores fluctuaciones en periodos cortos pero mayores rentabilidades en el largo plazo. Quienes opten por este fondo deben tener mayor tolerancia al riesgo.
Recuerde que los ahorros para su pensión constituyen una reserva de dinero para el largo plazo y lo importante es que en ese horizonte de tiempo sus rentabilidades sean positivas. La historia ha mostrado que en momentos de crisis, la mejor recomendación es mantener la calma y esperar a que los mercados se estabilicen.