Son las operaciones activas de crédito otorgadas a microempresas cuyo nivel de endeudamiento no supere veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
De acuerdo con la Ley 590 de 2000, microempresa es toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, cuya planta de personal no supere diez (10) trabajadores y sus activos totales sean inferiores a quinientos uno (501) salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995).