Aproveche las ventajas que trae consigo tener un leasing habitacional o crédito para vivienda. Saber Más, Ser Más le explica cuáles son los beneficios tributarios que obtiene para que así pueda disfrutar más el hecho de tener casa propia.
¿Sabía que gracias a la Reforma Tributaria de 2012 los empleados pueden optar por disminuir la base mensual de retención en la fuente, con el valor efectivamente pagado por concepto de los intereses generados por su crédito hipotecario o contrato de leasing habitacional?
Así es, toda persona natural puede deducir en su declaración de renta la parte correspondiente a los intereses o costos financieros que haya pagado del crédito hipotecario o leasing habitacional durante el año anterior, hasta un monto máximo anual indicado por la Ley.
Lo único que debe hacer es, durante los primeros meses del año, solicitarle a su banco el certificado de intereses pagados y entregarlo en el área de Recursos Humanos de la empresa donde trabaja o a la persona encargada del área de contabilidad de su negocio. Estas gestiones no solo le permiten ahorrar dinero, sino también representan una manera de continuar pagando su crédito.
Adicionalmente, si usted es titular de una cuenta AFC puede gozar de beneficios o exenciones tributarias, ya que son consideradas renta exenta. Para acceder a estos es necesario cumplir con las siguientes exigencias: el dinero ahorrado debe permanecer en la cuenta diez (10) años para quedar libre de retención en la fuente cuando lo retire, siempre y cuando sea destinado para el pago de la cuota inicial de la vivienda y/o de las cuotas del crédito otorgado por un establecimiento de crédito para la adquisición de la misma, además el beneficio no puede exceder de 3.800 UVT al año, en conjunto con otros aportes.
Es importante tener en cuenta que a partir del año gravable 2013, las personas naturales que clasifican dentro de la categoría de empleados deben calcular el impuesto según el IMAN y, además, determinar su base gravable y su impuesto a través del sistema ordinario para luego compararlos y tributar sobre el más alto de los dos.
Para maximizar estos beneficios tributarios, también puede consignar el valor de las cuotas del crédito de vivienda o de los cánones en los contratos de leasing habitacional en una Cuenta de Ahorro para el Fomento a la Construcción (AFC) y de allí trasladar el pago a la entidad crediticia correspondiente, esto representará un beneficio adicional al que pueden acceder tanto asalariados como trabajadores independientes.