Todos hemos oído alguna vez acerca de las cooperativas pero pocos saben realmente cómo funcionan. Por esta razón, en este artículo mostraremos lo que necesita saber acerca de ellas.
¿Se ha dado cuenta de que usted solo, no puede hacer muchas cosas y requiere la ayuda de los demás?
Bueno, pues bajo esta necesidad fue que nacieron las cooperativas. Empecemos por aclarar que su razón de ser es el servicio, entregando beneficios como el acceso a bienes, insumos, representación, préstamos o la prestación de otros servicios, principalmente a sus asociados.
Las cooperativas también son empresas:
De tipo económico, de interés social y de administración democrática, lo que las hace acreedoras de recursos materiales y humanos para su funcionamiento, sus propietarios son los asociados, quienes aportan los recursos materiales tales como:
– Propiedades
– Herramientas
– Dinero
– Fuerza de trabajo.
¿Qué son los aportes? ¿Quién los aporta? ¿Para qué sirven?
– Los aportes sociales son la cuota con que el asociado contribuye para constituir su empresa y son fijados mediante los estatutos de la respectiva cooperativa.
– Estos convierten al asociado en propietario y por lo tanto, en beneficiario de la cooperativa.
– Con los aportes recibidos la cooperativa realiza actividades que van a beneficiar a los asociados a sus familias y a la comunidad.
– La propiedad sobre la empresa es colectiva. Es decir, todos los asociados son propietarios de la misma en igualdad de condiciones.
Ahora bien, al ser consideradas empresas al igual que otras que encontramos en el mercado, debemos saber que las hay de todo tipo:
- Cooperativas de Consumo
- Cooperativas de provisión de servicios públicos (eléctricas, agua potable, telefónicas, etc.)
- Cooperativas Agropecuarias
- Cooperativas de Trabajo
- Cooperativas de Vivienda
- Cooperativas de Seguros
- Cooperativas de Créditos
Sin embargo, independientemente de qué tipo de cooperativa sea, todas actúan bajo los mismos principios cooperativos como la ayuda mutua, la equidad y la democracia, que se ponen en práctica a través de principios como:
- Libre adhesión: si un dia decide vincularse a una cooperativa debe ser por iniciativa voluntaria y abierta teniendo en cuenta que esto implica asumir las responsabilidades inherentes a la calidad de asociados.
- Control democrático: Los asociados de las Cooperativas deben tener los mismos derechos de voto (un socio, un voto) y de participación en las decisiones que se refieran a su Cooperativa.
- Distribución de excedentes: los excedentes o utilidades que resulten de las operaciones comerciales de una cooperativa, pertenecen a los asociados, y su distribución es directamente proporcional al uso de los servicios de la misma, con esto se logra un proceso equitativo y justo.
- Educación permanente: si existe la intención de estudiar pero tal vez no se tengan los recursos necesarios, debe saber que todas las cooperativas constituyen una reserva para la educación de sus asociados, directivos, empleados y para la comunidad en general, sobre los principios o métodos cooperativos en su aspecto económico y democrático. Pertenecer a una de estas podría ser la solución o forma de acceder a sus sueños.
- Integración cooperativa: Para poder servir a los intereses de sus asociados y de la comunidad, cada cooperativa debe en cualquier forma posible cooperar activamente con las otras cooperativas a escala local, nacional e internacional.
¿Cuál es la diferencia entre una cooperativa de ahorro, crédito, financiera o banco cooperativo y un establecimiento bancario?
Los propietarios de un establecimiento bancario son sus accionistas y para la toma de decisiones más importantes de la administración, su derecho a voto está directamente relacionado con el número de acciones que tengan: a más acciones, más votos. En cambio, en las Cooperativas de Ahorro y Crédito los propietarios son sus miembros o socios y en este caso, cada persona equivale a un voto, sin importar las cuotas de participación o el capital que posea de la cooperativa.
Otra diferencia tiene que ver con sus utilidades o excedentes, en un establecimiento bancario las utilidades se reparten entre los accionistas según la decisión de las asambleas o juntas de accionistas. En cambio en las cooperativas, según lo dispuesto en la ley 79 de 1988 y por su naturaleza de servir y mejorar la calidad de vida de los socios, los excedentes se destinan a crear y mantener una reserva de protección de los aportes sociales; un fondo de educación y otro de solidaridad. Según la decisión de los asociados también se pueden destinar a la revalorización de aportes, servicios comunes y seguridad social, retornándolo a los asociados en relación con el uso de los servicios o la participación en el trabajo, o destinándolo a un Fondo para amortización de aportes de los asociados.
¿Qué pasa con los aportes y los ahorros en caso de que la cooperativa deba liquidarse?
Según la superintendencia de economía solidaria “Cuando se liquida una organización solidaria, el aporte social hace parte de la masa de liquidación”. Esto quiere decir que estos hacen parte del patrimonio de la cooperativa, pero que si una vez realizados los activos y cancelados todos los pasivos conforme a la prioridad de pago, quedase remanente, de éste se cancelan los aportes sociales a los que tienen derecho los asociados.
Ahora bien, cuando hay liquidación de una cooperativa vigilada por la Superintendencia de la Economía Solidaria o Financiera los ahorros se encuentran amparados por el seguro de depósitos, en unos casos resguardados por el FOGACOOP, si se trata de un Banco de Naturaleza Cooperativa los ahorros se encuentran amparados por el seguro de depósitos de FOGAFIN como los Bancos Comerciales.
Agradecemos al Banco Cooperativo Coopcentral por la donación de este artículo.
Fuentes:
- Banco de la República
- Cooperativas de las Américas
- Asobancaria – Saber más, Ser Más
- Construcción de Paz Desde el Cooperativismo. ACI Alianza Cooperativa Internacional – Banco Cooperativo Coopcentral, diciembre de 2013.
- Entrevista al Dr. Ricardo Durán Romero – Vicepresidente Financiero, Banco Cooperativo Coopcentral. 2016.
- Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras – SBIF (Chile)
- Confecoop