Si ya escogió su casa o apartamento para estrenar y en este momento está en período de construcción, es importante que tenga en cuenta las siguientes recomendaciones durante el proceso de compra.
Comprar vivienda sobre planos consiste en escoger un inmueble antes de ser construido, es decir, separarlo mientras está en proyecto o en proceso de edificación. Esta es una opción muy común actualmente y ofrece diversas ventajas, como pagar por plazos la cuota inicial del inmueble durante el tiempo que dure la construcción, pactar el valor del inmueble desde el inicio y, si se acuerda con la constructora, realizar cambios sobre el plano inicial a tu gusto. Además, representa una buena inversión, ya que si el valor comercial del inmueble aumenta, podría obtener una ganancia por la valorización.
Como puede ver, hay infinitas ventajas, así como una serie de recomendaciones para que este sistema de compra sobre planos sea transparente y seguro. Saber Más, Ser Más le cuenta aquellas que debe tener muy presente:
- Trayectoria del constructor
Investigue el posicionamiento y la trayectoria comercial de la empresa constructora. Verifique que esté registrada en la Superintendencia de Sociedades o en la Subdirección de Control de Vivienda del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, DAMA.
- Dotación del apartamento o casa
Pida que le muestren los planos generales y detallados del proyecto, en compañía de un arquitecto.
- Respaldo de una fiducia
Recuerde que siempre debe estar involucrada una entidad denominada fiduciaria (vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia), para que se encargue de administrar el dinero que invirtió como comprador; de esta manera asegura que se invierta en la construcción de la obra en los términos que el constructor le ofreció. Así mismo, garantiza la devolución de su dinero, en caso de que la obra no se realice.
- Firma de la promesa de compraventa
Recuerde firmarla, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos previos para comenzar la obra. A través de esta se materializa la compraventa, las condiciones y multas en caso de incumplimiento por alguna de las partes. La promesa debe constar por escrito y además debe firmarse y autenticarse en una Notaría.