Con el seguro de protección al cesante, el Ministerio de Trabajo a través del Mecanismo de Protección Social (MPS), busca que aquellas personas que sufren la pérdida de un trabajo, tengan acceso a la salud, ahorro a pensiones, subsidio familiar y a servicios de intermediación y capacitación, durante seis meses posterior al despido.Este mecanismo gubernamental integra los servicios de capacitación en competencias básicas y laborales que prestarán el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, las Cajas de Compensación Familiar o las instituciones de formación para el trabajo certificadas en calidad.
¿Quiénes tienen acceso a este beneficio?
– Todos aquellos trabajadores del sector público y privado, que hayan realizado aportes a las cajas de compensación familiar durante al menos un año, continuo o descontinuo, en el transcurso de los últimos tres años.
– Así mismo, los trabajadores independientes o por cuenta propia que hayan realizado aportes por lo menos dos años, continuos o descontinuos, en el transcurso de los últimos tres años.
Recuerde que la afiliación a las cajas compensación familiar es un requisito, excepto para los trabajadores de salario integral y trabajadores independientes, para quienes la afiliación es de carácter voluntario.
Requisitos:
Usted puede tener acceso a este beneficio durante los seis meses posteriores al despido si:
– Su situación laboral ha finalizado (independientemente de la causa) o en el caso de ser independiente, si el contrato ha cumplido el plazo de duración pactado y no cuenta con otras fuentes de ingresos.
– Si usted realizó aportes durante un año continuo o no, a una caja de compensación familiar en el transcurso de los últimos tres años. En el caso del trabajador independiente debe haber realizado estos mismos aportes durante dos años continuos o descontinuos.
– Se inscribe en cualquiera de los servicios de empleos autorizados que pertenezcan a la Red de Servicios de Empleo y desarrolle la ruta hacia la búsqueda de un nuevo trabajo.
– Está inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno.
– Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como mínimo el 10% del promedio de su salario mensual del último año. Pero si usted devenga más de dos SMMLV, el ahorro mínimo deberá ser de 25%.
¡El beneficio tiene un tiempo de reconocimiento!
El beneficio finaliza una vez se hayan cumplido seis meses o cuando el beneficiario se vincule nuevamente a una oferta laboral antes de transcurrir los seis meses.
De igual forma, serán desvinculadas aquellas personas que incumplan con las obligaciones contraídas para acceder a los beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante.