La ley de prepago de créditos, en síntesis, permite pagar su crédito antes del tiempo pactado con la entidad financiera sin que le cobren una sanción. De esta manera, con la Ley 1555 de 2012 tendrá la opción de realizar pagos anticipados para cancelar su deuda antes de lo previsto. Esta ley es aplicable para todos los créditos, tanto los préstamos que fueron otorgados a partir del nueve de julio del 2012, como los aprobados, anterior a esta fecha.
Las condiciones
De acuerdo con la ley, los deudores podrán adelantar el pago de sus cuotas sin ningún tipo de sanción económica al sistema financiero o compensaciones por lucro cesante, siempre y cuando el monto del crédito no sea superior a los 880 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
A los créditos de montos superiores, les aplicará las condiciones pactadas entre el solicitante y la entidad financiera.En el caso en que el deudor posea varios créditos con una misma entidad y sumados superen el monto máximo, sólo podrá realizar el pago anticipado hasta dicho límite.
Mientras que la persona que posea varios créditos con diferentes entidades, podrá realizar el pago anticipado con cada banco, hasta el límite mencionado anteriormente.
De esta manera, el deudor podrá pagar el saldo de capital que tiene con la entidad financiera, sin pagar intereses de cuotas que se pagaron anticipadamente.
¡Todavía hay más!
Con la expedición y sanción de esta ley, las personas ya no tienen que presentar la declaración de renta como requisito para el estudio o aprobación de un préstamo.
Así mismo, se simplifican los trámites de escrituración e hipotecas, permitiendo un ahorro de al menos $280.000 en este proceso para el cliente.