A través de esta norma, usted podrá hacer cumplir su derecho de acceso, actualización, rectificación y supresión de datos personales ante cualquier compañía que maneje bases de datos.
¿En qué consiste la Ley Hábeas Data?
El objetivo de esta norma es desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales, así como el derecho a la información, particularmente en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
En pocas palabras, con esta ley usted tiene la capacidad de determinar que se hace o no con su información personal. Para ello se requiere, que en el momento en que una empresa le notifique que tiene el dominio de su información (a través de mensaje de texto, periódicos, correo electrónico) y que está a la espera de que usted autorice su manejo, notifique las condiciones bajo las que usted aprueba ese manejo.
Si al término de 30 días hábiles de haber enviado la comunicación, usted no ha contactado al responsable o encargado para solicitar la supresión de sus datos personales, el responsable y encargado podrá continuar realizando el tratamiento de los datos contenidos en sus bases de datos.
¿Cuáles son sus derechos?
Además de tener libre potestad del manejo que se la da a su información, el usuario como titular de la información decidirá a quien se la entrega y sus respectivos usos.Así mismo, tendrá la posibilidad de consultar su información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, de manera gratuita una vez al mes.
Permanencia de datosLa información de carácter positivo permanecerá de manera indefinida en los bancos de datos de los operadores de la información.
Sin embargo, si sus datos hacen referencia al tiempo de mora, tipo de cobro, estado de la cartera, y en general, aquellos datos referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones, éstos se regirán por un término máximo de permanencia vencido. Categorías especialesLa Ley 1581 de 2012 protege en forma especial los datos «sensibles», es decir, los relacionados con el credo religioso, partido político, raza, salud, así como los datos de los niños, niñas y adolescentes.
Sanciones para las empresas que infrinjan en el mal manejo de la información personal:
– Multas de hasta dos mil salarios mínimos ($1.232 millones en 2014). Se gradúan de acuerdo al criterio de la Superintendencia y dependiendo de la gravedad de la infracción.
– Suspensión de las actividades de los establecimientos de comercio.
– Cierre temporal de las operaciones relacionadas por un tratamiento.
– Cierres inmediatos o definitivos cuando hayan tratamientos de datos sensibles (los datos que afectan la intimidad, o cuyo uso puede generar discriminación: vida sexual u orientación de las personas, estado de salud, pertenencia a un partido político, origen racial o étnico de las personas, pertenencia a sindicatos).